Se publican las bases para las ayudas a películas y obras audiovisuales españolas en festivales internacionales

Las ayudas se concederán conforme a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia y eficiencia. Son compatibles con otras subvenciones públicas o privadas, siempre que no superen el coste total de los gastos subvencionables.

El Boletín Oficial del 5 de marzo publica la Orden CLT/207/2025, que establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la participación de películas y otras obras audiovisuales españolas en festivales y eventos internacionales.

Las ayudas se concederán conforme a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia y eficiencia. Son compatibles con otras subvenciones públicas o privadas, siempre que no superen el coste total de los gastos subvencionables. Una misma empresa no podrá recibir más de una ayuda por la participación del mismo proyecto en un mismo evento.

Las ayudas se otorgarán mediante concurrencia competitiva, aunque si el crédito es suficiente para todas las solicitudes que cumplan los requisitos, no será necesario establecer un orden de prelación. En caso contrario, se procederá a un reparto proporcional.

Las convocatorias podrán realizarse de forma única o en varias fases a lo largo del año.

Podrán acceder a las ayudas productoras, distribuidoras y agencias de ventas con residencia en España, que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener participación creativa, técnica o de servicios en la película o poseer los derechos sobre ella.
  • Haber asumido gastos subvencionables para la participación en el evento correspondiente.
  • En coproducciones, si solo una empresa solicita la ayuda, las demás deben dar su conformidad para la promoción de la obra en el evento.
  • En actividades conjuntas, las empresas deberán constituir una agrupación con representación legal.

Las ayudas cubrirán gastos inherentes a la participación en festivales o eventos. En el caso de obras terminadas, la convocatoria podrá establecer un porcentaje mínimo destinado a publicidad.

La cuantía de la ayuda dependerá del importe total de los gastos subvencionables realizados, con un límite máximo fijado en la convocatoria. Los gastos subvencionados no serán reconocidos como coste de producción por el ICAA.

Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica a través del Registro Electrónico General o la sede electrónica del Ministerio de Cultura, con certificado digital.

El ICAA propondrá una lista inicial de festivales y eventos audiovisuales internacionales elegibles, que será aprobada por el Comité Asesor de Ayudas a la Promoción. La convocatoria reflejará la cuantía máxima asignada a cada evento y sección.

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