El ICAA destinará casi 2 millones de euros en ayudas para la organización de festivales de cine en 2024

En total, se destinarán 1.977.750 euros, cifra ligeramente superior a la que concedieron en 2023, cuando se repartieron 1.944.899 euros. Por su parte, la cuantía máxima por ayuda es de 120.000 euros para festivales o de 100.000 euros si se trata de una ceremonia de entrega de premios.
FRANCE - APRIL 04: A photo illustration of €50 banknotes in the village of St Jean d'Aulps on April 04

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 21 de junio ha incluido el Extracto de la Resolución de 17 de junio de 2024, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), por la que quedan convocadas las ayudas para la organización de festivales y certámenes cinematográficos en España durante el año 2024. El plazo para presentar las solicitudes es de quince días hábiles a contar a partir del 22 de junio.

El importe total de la convocatoria es de 1.977.750 euros, cifra ligeramente superior a la que concedieron en 2023, cuando se repartieron 1.944.899 euros. Y el límite máximo por ayuda es de 120.000 euros para festivales o de 100.000 euros si se trata de una ceremonia de entrega de premios. Además, la cuantía individual por ayuda no podrá superar el 50% de la suma total de determinados gastos de preparación, organización, funcionamiento, promoción del festival, medios técnicos y recursos invertidos para impulsar la accesibilidad universal y doble transición ecológica y digital del festival.

Podrán optar a estas ayudas los festivales cinematográficos de reconocido prestigio que se celebren en 2024 y que dediquen especial atención a la programación y difusión del cine español, comunitario e iberoamericano, y a películas de animación, documentales y cortometrajes.

De esta forma, siempre cumplan los requisitos establecidos, podrán recibir estas ayudas las Comunidades Autónomas y organismos y entidades que de ellas depende, así como las entidades públicas con consideración de corporaciones locales y los organismos y entidades que de ellas dependen. Asimismo, pueden beneficiarse también las personas jurídicas y físicas con residencia legal o establecimiento en España en el momento de la percepción efectiva de la ayuda.

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