El Boletín Oficial del Estado del 19 de marzo recoge la modificación del Real Decreto 390/2025, de 13 de mayo, que regula la concesión directa de subvenciones a salas de exhibición para fomentar el acceso al cine de las personas mayores de 65 años durante el periodo 2025-2026, en el marco del programa Cine Sénior.
Esta actualización normativa llega después de que el Consejo de Ministros aprobara a comienzos de febrero la tramitación urgente de la modificación con el objetivo de incrementar su presupuesto en tres millones de euros y garantizar la continuidad del programa hasta junio de 2026. La medida tiene efectos retroactivos desde el 1 de febrero de 2026.
El programa Cine Sénior, impulsado en 2023 y 2024 como política pública para recuperar hábitos de consumo cinematográfico entre los mayores de 65 años, ha demostrado un impacto significativo a nivel cultural, social y económico. En 2025 se dio continuidad a la iniciativa, manteniendo el precio reducido de 2 euros por entrada y ampliando tanto la cuantía máxima de la ayuda —hasta 4 euros por entrada vendida— como su duración a un año completo.
El éxito de la actual edición se refleja en el incremento de la asistencia: en las primeras 28 semanas ya se han superado los 1,5 millones de espectadores, una cifra cercana a los más de 1,6 millones registrados en las 35 semanas de la campaña de 2024. Este crecimiento ha provocado una ejecución de los fondos muy superior a la prevista inicialmente.
Ante esta situación, se establece una reserva de crédito de hasta 900.000 euros para atender ampliaciones de las ayudas mediante un reparto adicional corrector tras el tercer periodo de justificación, destinado a aquellas salas que hayan agotado al menos el 60 % de la subvención. Estas podrán solicitar una ampliación de hasta el 50 %, o el porcentaje resultante en caso de prorrateo.
El fuerte aumento de la demanda ha tenido un impacto directo en el número de beneficiarios: 258 salas han superado ya el 60 % de ejecución de la ayuda y han solicitado una primera ampliación, frente a las 28 que lo hicieron en toda la campaña de 2024. Como consecuencia, el primer reparto adicional se resolvió con una ampliación del 33 %, inferior al 50 % previsto, debido a la insuficiencia de crédito.
La falta de fondos ha llevado a suprimir el segundo reparto adicional corrector contemplado inicialmente en la norma. En su lugar, se introduce la posibilidad de un reparto adicional extraordinario de hasta tres millones de euros, condicionado a la disponibilidad presupuestaria, que se destinaría a las salas que hubieran agotado al menos el 50 % de la ayuda a 1 de enero de 2026.
Esta modificación responde también a la previsión de que 223 salas agoten su subvención en marzo de 2026, lo que hacía necesario adaptar el sistema de ayudas para garantizar la continuidad del programa hasta su finalización, prevista para el 24 de junio de 2026.
El presupuesto total del programa asciende a 8,5 millones de euros, de los cuales 8,15 millones se destinan a ayudas y 350.000 euros a la compensación de la entidad colaboradora. A esta cantidad podría sumarse el citado reparto extraordinario de hasta tres millones adicionales.
El procedimiento para las ampliaciones se iniciará por el ICAA una vez recibida la documentación justificativa. Las solicitudes deberán presentarse en un plazo máximo de siete días tras el tercer periodo de justificación, y la resolución se notificará en un máximo de diez días. En caso de no dictarse resolución en ese plazo, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.
Asimismo, si se activa el reparto extraordinario, la resolución correspondiente seguirá un procedimiento abreviado con un periodo de alegaciones de cinco días y una resolución final en un máximo de diez días. La distribución se realizará combinando criterios proporcionales a las ayudas iniciales y al grado de ejecución de cada sala.
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