El BOE ha publicado una nueva Resolución del Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales (ICAA), por la que se convocan ayudas para la participación de películas españolas en festivales celebrados entre noviembre de 2024 y octubre de 2025. Las ayudas están dirigidas a aquellas productoras que quieran llevar películas españolas a festivales y ceremonias de entrega de premios cinematográficos de reconocido prestigio, que se finalicen entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025.
El plazo para presentar las solicitudes está dividido en diversos periodos:
a) para el primer periodo:
- Certámenes que finalizaron antes del día de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (8 de febrero), diez días naturales a contar desde el día siguiente a dicha publicación;
- Certámenes que finalicen entre el día de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y el 28 de febrero de 2025, diez días naturales desde el día siguiente a la fecha de finalización de cada certamen;
b) para el segundo periodo: certámenes que finalicen entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2025, diez días naturales contados desde el día siguiente a la fecha de finalización de cada certamen;
c) para el tercer periodo: certámenes que finalicen entre el 1 de julio y el 31 de octubre de 2025: diez días naturales contados desde el día siguiente a la fecha de finalización de cada certamen.
Podrán presentar las solicitudes películas que tengan nacionalidad española o estén en disposición de obtenerla por cumplir los requisitos que para el acceso a la misma establece el artículo 5 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre y se esté tramitando su reconocimiento cuando se solicite esta ayuda, o que cuenten con una invitación previa o hayan sido seleccionadas por parte del promotor del festival o entidad convocante del premio.
Además, las productoras deben cumplir los siguientes requisitos:
- Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la OrdenCUD/769/2018, en la redacción dada por el artículo Segundo. Uno de la Orden CUD/426/2019, de 11 de abril.
- Tener participación efectiva de carácter creativo, técnico y/o de servicios en la producción de la película española objeto de la ayuda.
- Haber realizado efectivamente todos o parte de los gastos subvencionables inherentes a la participación de su película en alguno de los certámenes relacionados en la norma tercera.
El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 800.000 euros. La cuantía individual de cada ayuda equivaldrá al importe total de los gastos subvencionables efectivamente realizados con ocasión del certamen y expresados en la solicitud con el límite máximo previsto en la dotación indicada en las relaciones de certámenes y, en su caso, teniendo en cuenta ciertas correcciones.
Puedes leer la Resolución completa pinchando aquí.
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