La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid ha publicado el extracto de la Orden por la que se convocan las ayudas a empresas audiovisuales para la producción de largometrajes en la Comunidad de Madrid en 2026.
Podrán acceder a estas ayudas las productoras independientes audiovisuales que realicen su actividad en la Comunidad de Madrid y que cumplan los requisitos previstos en las bases reguladoras y en la presente convocatoria. Para obtener la condición de beneficiario, los solicitantes deberán acreditar, entre otros, el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Tener, al menos, una sede en la Comunidad de Madrid (o, en el caso de empresas fuera del territorio español, una filial domiciliada en la Comunidad de Madrid) y estar inscritas como productora en el Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA).
b) Acreditar el carácter cultural del proyecto audiovisual.
Las líneas de ayuda serán las siguientes:
a) Ayudas a laproducción de largometrajes sobre proyecto de directores no noveles.
b) Ayudas a la producción de largometrajes sobre proyecto de directores noveles.
Los proyectos audiovisuales objeto de estas ayudas podrán clasificarse, en virtud de su contenido y técnica, como de ficción, animación o documental.
La convocatoria es de carácter anual y asciende a un importe máximo de tres millones de euros. El importe máximo de la ayuda por proyecto, en función de su categoría, será el siguiente:
a) Largometrajes de animación: 300.000 euros.
b) Largometrajes de ficción: 250.000 euros.
c) Largometrajes de documental: 40.000 euros.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (30 de julio). El período subvencionable será el comprendido entre el 1 de junio de 2026 y el 31 de octubre de 2028, debiendo estar terminadas las películas subvencionadas antes del 1 de noviembre de 2028.
Toda la documentación relativa a la justificación se presentará en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, o en los demás registros electrónicos previstos, con fecha máxima de presentación el 1 de diciembre de 2028.
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